
Los coches circulan junto a una moto tirada al suelo por el efecto del viento del fin de semana, en Donostia.Foto: ruben plaza
Donostia. El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) se hará cargo, finalmente, de los daños provocados por el pasado ciclón en siete municipios de Gipuzkoa, exactamente en los que el fenómeno de la ciclogénesis explosiva superó los 135 kilómetros por hora entre el viernes y el domingo. Según el listado hecho público en su página web, los beneficiarios serán los municipios de Aizarnazabal, Aia, Zestoa, Deba, Getaria, Zarautz y Zumaia. La relación de localidades incluye también otros 13 municipios de Bizkaia.
La limitación de 135 kilómetros por hora para asumir las indemnizaciones derivadas de siniestros extraordinarios producidos por el viento no es un capricho, sino que así lo recoge el reglamento de la entidad, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda.
Por tanto, el resto de los damnificados por el temporal de viento que azotó la costa cantábrica el pasado fin de semana deberán recurrir a sus compañías aseguradoras. "Hay poca diferencia para el asegurado" si acude a uno u otro lugar, sostiene Juan Carlos Redondo, director general de Zihurko. No obstante, los matices existen.
Así, los guipuzcoanos cuyos comercios o casas hayan resultado dañadas por el fuerte viento, si acuden a la entidad estatal porque se encuentran entre los habitantes de los municipios designados, ésta asumirá el 100% de los daños peritados de acuerdo con las cláusulas de la propia póliza de seguros. Y es que, según advierte Redondo, a veces las pólizas "están mal hechas". Para que cubran los daños más allá de un incendio, tiene que tener la cláusula de "riesgos extensivos". "El 99% de las pólizas lo tiene, pero no todas", matiza el experto. Si en su lugar, acude al seguro, no hay diferencias.
Comercio En cambio, si se trata de una póliza de un comercio, el consorcio aplicará una franquicia (cuantía mínima del daño a partir de la cual surge la obligación del asegurador) del 7%. Es decir, si el daño supone 1.000 euros, el asegurado deberá pagar 70 euros y el resto lo abonará el Consorcio.
En las pólizas, normalmente cada persona elige si quiere aplicar una franquicia a su seguro para que la prima sea más baja, es decir, para que le cueste menos abonar el recibo anual del seguro.
Automóviles Es en este sector donde más matices se dan respecto a que los daños los asuma el consorcio o la propia compañía aseguradora.
Si la póliza es a todo riesgo, "es indiferente quién pague", afirma Redondo, ya que el CCS no aplica franquicia alguna.
Si el coche está asegurado a terceros, no pagará ni la compañía ni el consorcio.
Es en el tercer supuesto, en el que la póliza de automóvil es a terceros pero con la garantía de los cristales, "algo muy habitual hoy en día", cuando el Consorcio asume los daños y, sin embargo, la compañía de seguros no. Es decir, los guipuzcoanos que residen en los siete municipios citados y tienen daños en su coche, aunque tengan un póliza de seguros de daños a terceros, podrán reclamar una indemnización al Estado. El resto de los damnificados no.
La razón es que, con determinadas pólizas, el Consorcio cobra una prima a las compañías de seguro, por lo que, cuando son fenómenos extraordinarios, por ejemplo, corre con los gastos de los daños. Cuando se contrata un seguro a terceros y se añade la garantía de los cristales, es en la contratación de esa cláusula cuando se exige la prima.
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